Bando | Cobranza Voluntaria Ejercicio 2018: Basuras, Impuesto Vehículos, IBI Urbana, IBI Rústica…
El Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de MOTILLA DEL PALANCAR (CUENCA)
HACE SABER:
1º.- Que desde el 16 de Abril al 15 de Junio próximo, tendrá lugar el primer período de la cobranza voluntaria del ejercicio 2.018 de las siguientes exacciones, cuya gestión está encomendada al Organismo Autónomo de Gestión Tributaria y Recaudación de la Excma. Diputación Provincial de Cuenca:
- IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA
- BASURAS
- IBI URBANA
- IBI RÚSTICA
2º.- El sistema a utilizar para el pago de los citados recibos será el siguiente:
Los contribuyentes que hubiesen domiciliado, dentro de plazo, el pago de sus tributos locales, recibirán en su domicilio el recibo de adeudo por domiciliación expedido por la entidad bancaria respectiva. El cargo en cuenta tendrá lugar el día 7 de Mayo de 2.018.
Aquellos que no hubiesen domiciliado el pago, recibirán por correo los documentos necesarios para hacerlo efectivo.
El ingreso podrá realizarse, hasta la fecha límite de pago, en cualquier oficina de las entidades de depósito que se citan a continuación:
- LIBERBANK
- CAJA ESPAÑA-DUERO
- BANCO POPULAR ESPAÑOL
- CAJA RURAL CASTILLA-LA MANCHA
- BANCO SABADELL
- CAJAMAR
- BANCO SANTANDER
- DEUTSCHE BANK
- BANKIA
- GLOBAL CAJA
- BANKINTER
- IBERCAJA
- CAIXA BANK
Los contribuyentes que deseen satisfacer sus recibos a través de internet pueden realizar el pago accediendo a la página www.oarcuenca.es.
Los pagos se efectuarán, dentro del período establecido, en los días y horario marcado por cada una de las entidades citadas.
Transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo legal correspondiente.
3º.- Si el contribuyente dudase sobre la correcta recepción de sus documentos de pago, deberá dirigirse, a partir de la fecha señalada como inicio del período recaudatorio, a los locales del Ayuntamiento, donde podrá comprobar si efectivamente se halla en poder de todos sus recibos y, en su defecto, solicitar la expedición de los duplicados correspondientes a través de los modelos y procedimiento establecido al efecto.
La no recepción del documento de pago no eximirá al contribuyente de la obligación de satisfacerlo, debiendo interesar la obtención del duplicado respectivo.
En Motilla del Palancar, a 16 de abril de 2018.
EL ALCALDE
Fdo.- Pedro Javier Tendero Martínez