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Bando | Constitución Bolsa de Trabajo Monitor/a de Ocio y Tiempo Libre

ANUNCIO DE CONSTITUCIÓN BOLSA DE TRABAJO DE MONITOR/A DE OCIO Y TIEMPO LIBRE DEL AYUNTAMIENTO DE MOTILLA DEL PALANCAR (CUENCA)

Por Resolución de la Alcaldía-Presidencia de fecha 14 de Junio de 2019 se ha adoptado el siguiente acuerdo que a continuación expresa:

PRIMERO.- Aprobar la relación de aspirantes que constituyen la Bolsa de Trabajo de Monitor/a de Ocio y Tiempo Libre del Ayuntamiento de Motilla del Palancar (Cuenca), por el orden de prelación que a continuación se expresa:

 

ORDEN DNI EXPERIENCIA FORMACIÓN ENTREVISTA TOTAL
1 47057872-X 0 5,20 4,71 9,91
2 44387328-L 1,539 2,05 4,78 8,369
3 70521176-W 1,84 2,35 3,95 8,14
4 04631364-S 0,93 2,00 4,13 7,06
5 70520077-F 0,014 3,00 3,20 6,214
6 47399942-R 0 2,35 3,36 5,71
7 04625652-F 0,194 2,00 3,14 5,334
8 48260828-C 0 1,50 3,12 4,62
9 47258978-G 0 0 3,54 3,54
10 04632376-S 0 0,20 3,14 3,34
11 49427530-R 0 0 2,80 2,80
12 04630538-V 0 0 0 0
13 04631626-R 0 0 0 0

 

SEGUNDO.- Publicar la constitución de la Bolsa de Trabajo de Monitor/a de Ocio y Tiempo Libre del Ayuntamiento de Motilla del Palancar (Cuenca), de conformidad con la cláusula novena de las bases con indicación de los recursos pertinentes en la página web del Ayuntamiento www.motilla.com y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

TERCERO.- Establecer de conformidad con la cláusula primera de las bases, que la Bolsa de Trabajo tendrá una vigencia de dos años salvo que durante el periodo de vigencia de la Bolsa por razones de eficacia, estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera u otras que determine la legislación o el interés general se produzca la extinción de la bolsa de trabajo, siendo la fecha de entrada en vigor de la bolsa de trabajo de Monitor/a de Ocio y Tiempo Libre del Ayuntamiento de Motilla del Palancar el día 14 de junio de 2019. La constitución de esta Bolsa de Trabajo de Monitor de ocio y tiempo libre extingue las anteriores que actualmente existan de la misma categoría o denominación similar. www.geima.es

CUARTO.- Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el art 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, puede interponer:

–  Potestativamente Recurso de Reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, ante el Alcalde del Ayuntamiento de Motilla del Palancar de conformidad con los artículos 123 y 124 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

-Directamente Recurso Contencioso-Administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cuenca en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.

Todo ello sin perjuicio de que puede interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

La interposición de cualquier recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado.

En Motilla del Palancar, a fecha de firma

EL ALCALDE-PRESIDENTE EN FUNCIONES