Actualidad

El despido del bombero Jose es declarado "proporcional y procedente" por el Juzgado de lo Social

El despido del 'bombero José' por parte de la Diputación fue procedente, proporcional a las dos faltas muy graves que cometió y en el expediente disciplinario que se le abrió no se violó derecho fundamental alguno. Así lo afirmado el Juzgado de lo Social Número 1 de Cuenca en una sentencia fechada el pasado 20 de octubre, a la que ha tenido acceso este periódico,  que desestima las pretensiones del trabajador demandante, J.A.M.M., que además de la nulidad de su despido reclamaba a la institución provincial 25.000 euros en concepto de indemnización por daños y perjuicios.

La sentencia señala acreditados los hechos que dieron origen a las dos faltas graves que desembocaron en un expediente disciplinario y el despido en mayo de este año. "De las diferentes actuaciones imputadas (...) ha quedado suficientemente acreditado que, en tiempo y lugar de trabajo, provocó a un subordinado de palabra al imputarle la comisión de un ilícito penal (que obtuvo una plaza de empleo público conociendo previamente las preguntas del examen) y que siendo respondido por éste con insultos, a continuación simuló otro ilícito penal (una agresión del subordinado) llegando su actuación hasta el extremo de acudir a un Centro de Salud para obtener una parte de lesiones con motivo falso de agresión".

El bombero Jose -además de formular una denuncia penal contra su compañero que ya fue desestimada por un Juzgado de Motilla- hizo constar en la hoja del libro de 'Incidencias diarios' del Parque de Bomberos que su compañero le había agredido.

El juez, José Manuel Ruiz, considera que hay "una ausencia absoluta de credibilidad en la narración de los hechos realizada" por J.A.M.M. y enfatiza que las acusaciones a su compañero fueron realizadas "con la finalidad evidente de perjudicarle gravamente hasta el punto de haber no sólo sido condenado penalmente, sino también laboralmente" ya que podría haber sido sancionado con su despido.

La sentencia tacha de "reprobable" la conducta del despedido de "exponer hechos del servicio con incidencia penal y laboral que no son ciertos" y considera que ya serían en sí mismos justificativos del despido". A ellos hay que añadir como agravante los daños causados a la Administración a la ciudadanía que entiende que ha causado.

Entre ellos cita "la injustificada utilización de los servicios públicos por dicha conducta (Servicio Público de Salud, Administración de Justicia, Guardia Civil, Policía Local) que han de derivar su prestación a este fin distrayéndolas de otras verdaderamente necesarias en la prestación de servicios públicos esenciales".

También le achaca "la evidente desconfianza y desprestigio" a la imagen del servicio de extinción de incendios" y "el malgasto que supone de caudales públicos" las horas extras y contrataciones que hubo que pagar para suplir las bajas de los trabajadores relacionados con la disputa.

Hace mención también "al menoscabo a la integridad psíquica tanto del compañero falsamente acusado de la agresión, que le ha causado durante un período muy dilatado un evidente estés y ansiedad como del bombero que presenció los hechos y el jefe del parque".

Y es que en el expediente tramitado por el director de Recursos Humanos de la Diputación Provincial, Mariano Arribas, se consideraron como agravantes las "descalificaciones y acusaciones infundadas" que el bombero Jose vertió contra el compañero al que acusó de haberle agredido, contra el testigo que afirmó haber presenciado la simulación y contra el jefe del Parque. En ese texto les imputó "sin prueba ni denuncia alguna" muy graves ilícitos penales.

Fundamenta sus decisiones en la normativa recogida en la Ley del Empleo Público de Castilla-La Mancha, del Estatuto Básico del Empleado Público y el propio convenio por el que se regían los Bomberos, el juez confirma "en todos sus extremos el despido disciplinario como sanción proporcional y adecuada".

La sentencia también rechaza que se viole derecho fundamental alguno y que la actuación empresarial se haya producido en represalia contra el trabajador por haber denunciado supuestos ilícitos penales en sus superiores.  En ese sentido recuerda que el expediente disciplinario es previo a estas denuncias.

Que el despido era una represalia por haber denunciado al presidente de la Diputación, Benjamín Prieto, por supuesta prevaricación era uno de los argumentos de la campaña #AsíNoBenjamín impulsada por la Asociación Provincial de Bomberos de Cuenca y UGT que reclamaba la admisión del expedientado. 16 agentes que participaron en el vídeo de esta protesta han sido expedientados. 

También se rechazan en la sentencia que, como afirmaba la demanda del despedido, hubiese un supuesto defecto de forma en el expediente o una prescripción de las faltas laborales.

Contra el fallo del Juzgado Único de lo Social de Cuenca cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en un plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia.

Fuente: Voces de Cuenca.