Hoy entran en vigor los tiempos máximos de atención en urgencias del Sescam
Ayer martes entró en vigor el Decreto por el que se garantiza el derecho a la información, acompañamiento y los tiempos máximos de atención en urgencias del Sescam.
Castilla-La Mancha es la primera comunidad autónoma que pone en marcha este decreto y que garantiza el derecho a la información, acompañamiento y los tiempos máximos de atención en los servicios de urgencias de los hospitales.
Tiempos que contempla el decreto de urgencias sanitarias del Sescam
Contempla un tiempo máximo de 10 minutos desde que los pacientes lleguen al hospital y sean registrados hasta que sean clasificados (lo que se denomina proceso de “triage”) y se establezca la prioridad en la atención que sea necesario darles.
Asimismo, el decreto establece que los pacientes puedan pasar con acompañamiento, siempre y cuando la atención que reciban lo permita, principalmente para las personas con discapacidad o para mujeres embarazadas que estén en el segundo o tercer trimestre de embarazo.
También determina que el tiempo máximo para ingresar en el hospital, cuando sea necesario, sea de 12 horas.
La Red de expertos y profesionales de urgencias ha constituido un grupo de trabajo para coordinar y realizar un seguimiento de la implantación del Decreto.
Una de las primeras actuaciones que va a llevar a cabo el grupo de trabajo es adaptar el cuadro de mandos de indicadores que monitorizan en tiempo real la situación de los catorce servicios de urgencias a los indicadores que se deben medir para monitorizar los derechos que se garantizan.
Fuente: CMMedia.
