Ley del Juego en Castilla-La Mancha, una norma "a la vanguardia" en España
La Ley de Régimen Administrativo y Fiscal del Juego, que sitúa a esta región a la vanguardia de España en esta materia, según el Gobierno regional, permitirá equilibrar esta actividad económica con la protección de la población más vulnerable, como los menores de edad o las personas con problemas de ludopatía. La norma fue aprobada el pasado 22 de julio en las Cortes regionales y publicada el 30 de julio en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM), donde se establecía que entraría en vigor a los seis meses, excepto el capítulo I del título V, relativo a los tributos sobre el juego, que entrará en vigor el 1 de julio del 2022.
Esta nueva ley trata de potenciar las medidas de control en la práctica del juego y de superar así su naturaleza de mera actividad económica para poner el foco en sus repercusiones sociales. Una norma que ofrece una mayor respuesta a la demanda social, al tratar de corregir los impactos negativos que la actividad del juego genera en la sociedad.
Novedades del decreto
En la misma línea, el decreto del régimen administrativo del juego en Castilla-La Mancha, es decir, el reglamento que va a desarrollar los principales preceptos de la nueva Ley del Juego, pone el énfasis en la prevención, el fomento del juego responsable, la inspección y control y la compatibilización de la protección de los más vulnerables con el desarrollo de esta actividad.
Entre las novedades que recoge este instrumento normativo está la prohibición en general de la publicidad, así como las promociones -como obsequios, regalos, consumiciones gratuitas o por precio inferior al de mercado- con unas excepciones muy tasadas, como la realizada en el interior de los propios locales de juego, aquella que se inserta en publicaciones específicas dirigidas al sector o las de patrocinio. En cualquier caso, para la publicidad que está permitida se necesitará autorización administrativa.
Otra novedad es el desarrollo de los criterios de medición de las distancias mínimas establecidas en la Ley entre este tipo de instalaciones y los centros de enseñanza. Se estipula una distancia mínima de 150 metros entre locales de juego y de 300 metros respecto a centros educativos, salvo donde se imparta exclusivamente educación infantil o primaria.
La limitación en cuanto a las distancias no afecta a los establecimientos que ya están autorizados, pero sí cuando vayan a solicitar la renovación. En este sentido, se establece un régimen transitorio, pero, en cualquier caso, el 31 de diciembre de 2028 se han de cumplir los requisitos de ubicación de todos los locales que estén en funcionamiento en la región.
Sistemas de control de acceso a los locales de juego
Se fijan las condiciones que deben reunir los sistemas de control de acceso a los locales, de forma que cada una de las entradas de las que disponga el establecimiento cuente con un sistema automatizado destinado a impedir el paso de aquellas personas que lo tengan prohibido, y que estará conectado en todo momento con el Registro de Interdicción de Acceso al Juego de esta Comunidad Autónoma.
Fuente: CMM Media.